Descripción:
Por qué algunas organizaciones deciden distribuir beneficios según las necesidades de los destinatarios y otras lo hacen en partes iguales Y una vez seleccionadas unas reglas de distribución, cómo se garantiza su cumplimiento Si como propone Brian Barry, la justicia distributiva es un atributo de las instituciones, podemos responder estas preguntas articulando teorías de justicia con teorías de las instituciones. Las teorías normativas de la justicia permiten evaluar unas instituciones, establecer si son justas e indicar a qué principios de justicia corresponden, y las teorías positivas acerca de la emergencia y diseño de las instituciones ofrecen modelos analíticos para los problemas de selección y cumplimiento de reglas. Justicia estratégica explora las reglas de distribución en una experiencia de política de hábitat para sectores urbano marginales desarrollada en la ciudad de Córdoba, Argentina, entre 1992 y 1998, por la Mesa de Concertación de Políticas Sociales. En este ejercicio participaron más de cien cooperativas de vivienda de barrios pobres de la ciudad. Las cooperativas producían sus viviendas por método de auto construcción colectiva y diseñaban las reglas para distribuir las cargas y los beneficios de la producción. El análisis de este caso sugiere que para la distribución de bienes públicos o privados producidos colectivamente los actores seleccionan reglas meritocráticas que recompensen la contribución a la producción. La selección de este tipo de reglas de distribución para bienes producidos de forma colectiva se explica por las preferencias, los recursos y las prerrogativas de los empresarios políticos líderes de cooperativas de vivienda. Las reglas meritocráticas introducen incentivos para propiciar la participación en la producción colectiva de bienes públicos y privados, y su cumplimiento es inducido por la repetición de los encuentros entre los actores participantes en la producción y distribución.